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Pedro Pablo Kuczynski: PJ reduce a 24 meses plazo de investigación contra expresidente por caso Odebrecht

enero 25, 2024 –
23:48.
Actualizado en noviembre 14, 2024 –
11:07.
Pedro Pablo Kuczynski.

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró fundados en parte los recursos de apelación del expresidente Pedro Pablo Kuczynski y otros investigados, por los presuntos delitos de colusión agravada y otros, en agravio del Estado, en el marco del caso Odebrecht.

Mediante redes sociales de la Corte Superior Nacional, se puede observar que el colegiado revocó la resolución de primera instancia que prorrogó el plazo de la investigación preparatoria por 36 meses, y la fijó en 24 meses.

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"Declarar fundados en parte los recursos de apelación interpuestos por las defensas de los investigados Pedro Pablo Kuczynski Godard, Glodomiro Sánchez Mejía, Gerardo Rafael Sepúlveda Quezada y Alejandro Chang Chiang en cuanto al plazo de la prórroga ordenada, en consecuencia, revocamos la citada Resolución N.º 08 en cuanto al extremo del plazo y, reformándolo, fijaron en 24 meses la prórroga de la investigación preparatoria decretada", se lee en la resolución.

Ello, debido a que considera que el nuevo plazo es suficiente y razonable para que el titular de la acción penal concluya las diligencias pendientes, ya que luego no será posible otorgar otro plazo adicional.

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Por otro lado, la Sala declaró infundados los recursos de los investigados Gerardo Rafael Sepúlveda, José Ortiz Rivera y otros para declarar la nulidad de la resolución de primera instancia que prorrogó el plazo de la investigación preparatoria.

"Declarar infundados los recursos de apelación de los investigados Miguel Fernando Sánchez Moreno Cisneros, Guillermo Rebagliati Escala, José Javier Ortiz Rivera y Gerardo Rafael Sepúlveda Quezada en cuanto a la nulidad planteada como pretensión, en consecuencia, confirmaron la Resolución N.º 08 de fecha 17 de octubre de 2023, que declaró fundado el requerimiento de prórroga de la investigación preparatoria", reza el documento.

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