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Manuel Monteagudo podría afrontar vacancia por exponer “temas internos” del Tribunal Constitucional

diciembre 12, 2023 –
10:00.
Actualizado en noviembre 14, 2024 –
11:11.
Manuel Monteagudo - Alberto Fujimori.

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Manuel Monteagudo, podría afrontar un proceso de vacancia, tras presuntamente haber violado la reserva de un tema interno del máximo intérprete de la Carta Magna, en relación con la liberación del expresidente Alberto Fujimori.

Así lo advirtió Ernesto Blume, expresidente del TC, quien puntualizó que Monteagudo podría enfrentar este procedimiento, según el artículo 16 de la ley del citado organismo, que puntualiza que "violar la reserva propia de la función" es una causal de destitución.

"Si él está pidiendo al pleno que convoque una sesión para que se vea el tema Fujimori, porque considera que no lo citaron para ver ese asunto, a pesar de que él hizo voto singular, eso es un tema interno del Tribunal. Eso no se puede sacar a la luz, porque si se hace eso, se debilita a la institución, que debe tener una imagen consolidada y salir a través de sus voceros oficiales", sostuvo Blume en diálogo con RPP Noticias.

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Para el extribuno, Monteagudo, magistrado que pidió que se revise de nuevo el fallo que permitió la excarcelación del ex jefe de Estado, estaría creando división entre sus colegas en vez de analizar el proceso en privado.

"Estas situaciones deben manejarse en el marco de la reserva. Solamente deben conocerse las decisiones, pero no el trámite interno que se hace con el manejo de los expedientes. Hay un artículo expreso en la ley orgánica del TC que alude al tema de la reserva, o sea, los magistrados tienen la obligación de mantener reserva respecto de las decisiones y trámites que hacen en el TC, y solamente deben dar a conocer el sentido de sus votos. Esta reserva es tan importante que una de las causales de vacancia del cargo de magistrado es la violación de la reserva propia de la función", remarcó enseguida.

¿QUÉ SEÑALA EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TC?

El artículo 16 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional señala que el cargo de magistrado vaca por cualquiera de las siguientes causas:

  • Por muerte.
  • Por renuncia.
  • Por incapacidad moral o incapacidad física permanente que lo inhabilite para el ejercicio de la función.

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  • Por incurrir en culpa inexcusable en el cumplimiento de los deberes inherentes de su cargo.
  • Por violar la reserva propia de la función.
  • Por haber sido condenado por la comisión de delito doloso.
  • Por incompatibilidad sobreviniente.

Se indica que el tribuno que incurra en causal de vacancia y continúe en su cargo, es destituido por el TC tan pronto como este tome conocimiento de dicha situación. 

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