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JNJ: Congreso inhabilita por 10 años a Inés Tello y Aldo Vásquez

marzo 7, 2024 –
22:18.
Actualizado en octubre 23, 2024 –
14:44.
Inés Tello y Aldo Vásquez.

El Pleno del Congreso aprobó este jueves acusar constitucionalmente e inhabilitar por 10 años de la función pública a dos miembros de la cuestionada Junta Nacional de Justicia (JNJ): Inés Tello y Aldo Vásquez.

El resultado de la votación del caso de Tello fue de 67 a favor, 23 en contra y 3 abstenciones. De esta manera, fue destituida del cargo por haber infringido la Constitución al permanecer en la cuestionada entidad, a pesar de superar los 75 años.

Asimismo, por reconsideración, el resultado de la votación del caso de Vásquez fue de 67 a favor, 22 en contra y 1 abstención. De esta manera, fue destituido del cargo. Previamente, 65 congresistas habían votado a favor, 24 en contra y 3 abstenciones. 

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OTRAS VOTACIONES

Con 52 votos a favor,  30 en contra y 3 abstenciones, el pleno del Congreso blindó a Imelda Tumialán.

Con 49 votos a favor, 31 en contra y 8 abstenciones, el pleno del Congreso blindó a Humberto de la Haza

Con 48 votos a favor, 31 en contra y 7 abstenciones, el pleno del Congreso blindó a Henry José Ávila Herrera.

Con 46 votos a favor, 31 en contra y 10 abstenciones, el pleno del Congreso blindó a Guillermo Thornberry.

Con 45 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención, el pleno del Congreso blindó a María Zavala.

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DENUNCIA 

Vale recordar que la denuncia fue formulada por el congresista Jorge Montoya (Renovación Popular) contra los miembros de la JNJ, Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos, Antonio de la Haza Barrantes, María Zavala Valladares, Guillermo Thornberry Villarán y Henry Ávila Herrera (quien renunció al cargo), por la presunta infracción de los artículos 156, inciso 3, y 139, inciso 3, de la Constitución Política; y Luz Inés Tello de Ñecco, por la presunta infracción del artículo 156, inciso 3, de la misma Carta Magna.

De acuerdo con la denuncia constitucional, los juntistas habrían interpretado la Constitución para permitir la continuidad de Tello de Ñecco en este organismo al superar los 75 años de edad, sin considerar el requisito de tener entre 45 y 75 años para ser parte de este.

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