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Gobierno promulga ley que permite la devolución parcial del Fonavi: conoce todos los detalles

noviembre 11, 2023 –
13:41.
Actualizado en octubre 23, 2024 –
16:18.
Pago de Fonavi.

Sus protestas fueron escuchadas. Este sábado 11 de noviembre, el Gobierno de Dina Boluarte promulgó la Ley 31928 que permite la devolución parcial de dinero del Fonavi con cargo a posterior cancelación, además este derecho también se le será otorgado a los herederos en caso el titular haya fallecido.

Los fonavistas han realizado una batalla sin cesar para que le puedan permitir este derecho. La publicación de esta normal ha sido decretada con mucho suspenso, debido a que el lunes 13 de noviembre vencía el plazo para que sea promulgada. 

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La respuesta de esta propuesta se hizo esperar largamente, pues el Poder Ejecutivo la observó en diversas ocasiones. En total, se repartirán más de S/ 2.000 millones y la prioridad la tendrán los adultos mayores y los que no han recibido nada.

La Comisión Ad Hoc debe atender en forma prioritaria a las personas mayores de 60 años, a las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos.

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El presidente de la Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú, Luis Luzuriaga, saludó la medida, aunque consideró innecesario y hasta irresponsable el retraso del Gobierno para recién publicar la norma.

“Hay trabajadores que han retirado su CTS, AFP, y hay quienes tienen pensiones irrisorias para aliviar sus necesidades. Es una actitud irresponsable e inhumana del Gobierno tras 27 años de lucha”, sostuvo Luzuriaga a Infobae Perú. 

Además, remarcó que en la actualidad hay 1 millón 200 mil fonavistas en el padrón y en las arcas se tienen en total S/2.327 millones. El presupuesto público 2024 se requieren más de S/3.000 millones que ayudarán a continuar las aportaciones.

¿DESDE CUÁNDO Y DÓNDE SE PODRÁ COBRAR EL DINERO?

La devolución del dinero se realizará desde el 14 de diciembre de este 2023 a través del Banco de la Nación, que iniciará la devolución de las aportaciones de los fonavistas, quienes comprenden tanto a trabajadores como jubilados.

¿QUÉ REQUISITOS TENDRÁ QUE CUMPLIR EN CASO SU FAMILIAR HAYA FALLECIDO?

La devolución de aportes al Fonavi será al titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos, conforme al siguiente orden de prelación excluyente:

  • El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
  • Los hijos mayores de edad
  • Padres y hermanos 
  • A falta de las personas indicadas precedentemente, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.

 

 

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