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JNE presenta proyecto de ley que propone que fundadores y directivos de partidos no deben tener sentencias

Esto, principalmente, por los delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas y corrupción de funcionarios.
agosto 18, 2024 –
07:30.
Actualizado en octubre 24, 2024 –
23:11.
JNE.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó un proyecto de ley que propone que los fundadores y directivos de partidos políticos no deben tener sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias o enriquecimiento ilícito.

La iniciativa, asimismo, plantea que la participación de una agrupación en el proceso electoral en curso o en el más próximo se suspende si este tuvo conocimiento que el fundador o directivo ha sido condenado por los referidos delitos y, además, no fue retirado del cargo.

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También, exige que los mismos presenten una declaración jurada de respeto al estado de derecho y al conjunto de principios democráticos establecidos en la Carta Magna.

La institución que preside Jorge Luis Salas Arenas argumenta que los derechos de fundar y dirigir organizaciones políticas no son absolutos, por lo que puede haber limitaciones que aseguren la "idoneidad" de quienes buscan participar en la vida política del país.

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En esa línea, considera que los fundadores y directivos deben ser las personas adecuadas, dado que son los encargados de dirigir y encaminar las políticas de los partidos y movimientos regionales.

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