Con 11 votos a favor, 1 en contra y 7 abstenciones, se aprobó en la Comisión de Justicia del Congreso el Proyecto de Ley N 785 que otorga derechos al concebido, propuesta de la parlamentaria Milagros Jáuregui de Aguayo (Renovación Popular).
El articulo 2 de la Constitución señala que el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece, por lo que se trataria de una norma de desarrollo constitucional.
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Se define al concebido recogiendo el concepto señalado por el Tribunal Constitucional en su sentencia 2005-2009-PA/TC. Al respecto señaló que el concebido es el resultado de la fecundación, cuando un nuevo ser se crea a partir de la unión de un óvulo y un espermatozoide, procesos que se desarrolla antes de la implantación en el útero.
Se establece que en situaciones de riesgo en el cual se ponga en peligro la vida de la madre o el concebido, la madre o su representante puede dar concentimiento sobre actos médicos a ejecutarse de acuerdo a ley (no choca con el aborto terapeutico actualmente vigente).
“La vida humana comienza con la concepción, la unión de un ovulo y un espermatozoide es lo que genera por primera vez un ser humano genéticamente independiente, con un desarrollo autónomo y diferente tanto de la madre como el padre, que cuenta con vida humana desde el momento de la concepción. (…) Mediante este Proyecto de Ley busco establecer de forma directa, expresa e inequívoca que el concebido tiene derechos como es a la vida, a la salud, a la integridad, a una identidad y a otros derechos que lo favorezcan”, refirió la legisladora Milagros Jáuregui.
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