Por una recomendación del Tribunal Constitucional, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó el dictamen de ley que permitirá a los padres registrar a sus hijos solo con sus apellidos, sin consignar el apellido de la madre.
El proyecto, ahora dictamen, fue aprobado por 15 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, y modifica los artículos 20 y 22 del Código Civil, Decreto Legislativo 295.
El nuevo artículo 20.1 del Código Civil señala que al "hijo le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre, o los apellidos del progenitor que efectúe la inscripción solo y que decida consignar únicamente sus apellidos. El orden de prelación de estos lo determina el padre y la madre por mutuo acuerdo".
El proyecto ahora deberá pasar a la agenda del Pleno para su aprobación legislativa, pero ello sucederá a finales de julio, cuando se reanude la primera legislatura ordinaria del periodo de sesiones 2024-2025.
CASO RICARDO MORÁN
En junio del 2023, el máximo órgano jurisdiccional ordenó al Reniec inscribir a los hijos del conductor Ricardo Morán, que la había denegado por no consignar el apellido de la madre.
En la sentencia, el TC no analizó las circunstancias del nacimiento de los niños, por el contrario, centró su análisis en la discriminación por razón de sexo en perjuicio de los varones, ya que el artículo 21 del Código Civil permite a la madre inscribir a sus hijos con sus apellidos, sin revelar el nombre del progenitor, pero no reconoce el mismo derecho al padre.