El Poder Judicial denegó la demanda de amparo interpuesta por la presidenta de la República, Dina Boluarte, la cual buscaba archivar la investigación sobre su presunta responsabilidad en las muertes durante las protestas.
También el juez constitucional Jonathan Valencia López declaró infundado el extremo de dicha demanda, en el que la jefa de Estado pedía que se archive la investigación por la muerte de cinco personas y las lesiones de una sexta, y la investigación fiscal por el presunto delito de genocidio.
Como se sabe, la mandataria solicitó que se declaren nulos y sin efectos legales estos actos realizados por la Fiscalía de la Nación al considerar que han vulnerado sus derechos constitucionales a la debida motivación de las resoluciones fiscales y se haya desnaturalizado la prerrogativa constitucional de la inmunidad presidencial.
Cabe precisar que la Constitución establece que el presidente no puede ser acusado, salvo en casos de traición a la patria, entre otros, pero esto no lo exonera del proceso investigativo.