El Poder Judicial declaró este jueves improcedente el pedido de excarcelación formulado por la defensa técnica del expresidente Alejandro Toledo, quien permanece recluido en el penal de Barbadillo (Ate) tras haber sido extraditado desde Estados Unidos.
De acuerdo con el PJ, el cómputo del plazo de la prisión preventiva se realizará desde el momento de la llegada del procesado Toledo al Perú (teniendo en cuenta lo indicado en el Art. 275 numeral 1 del CPP), siendo así el cómputo del plazo inicia el 23 abril 2023 y vence el 22 octubre 2024.
Horas antes, se conoció que el abogado del expresidente Alejandro Toledo había pedido que su patrocinado sea puesto en libertad, dado que, según considera, ya cumplió con los 18 meses de prisión preventiva que le fueron impuestos por el caso Odebrecht, a pesar de que solo lleva 10 meses en el Perú.
El requerimiento fue ingresado formalmente por el abogado Paolo Aldea ante el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, a cargo del juez Richard Concepción Carhuancho.
Aldea sostiene que se debe contabilizar dentro de la cárcel provisional los 8 meses y 3 días que Toledo permaneció detenido en EE.UU. con fines de su extradición.
Además, el letrado manifestó que el fiscal José Domingo Pérez, quien lidera la investigación contra el exmandatario por haber recibido hasta 35 millones de dólares en coimas de Odebrecht a cabo de la Carretera Interoceánica Sur, no pidió extender el plazo de 18 meses de prisión preventiva.